Póliza colectiva CITOP

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Tipo Seguro: 
Responsabilidad Civil

Todos tenemos coche y lo tenemos asegurado, a ser posible en la modalidad de “todo riesgo” (por si acaso). Lo deseable, en todo caso, es que nadie tenga nunca un percance, pero ¿cuántos ITOPs tienen suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional? ¿Por qué cuantía y coberturas? El CITOP tiene concertado un extraordinario seguro a un coste inmejorable, para cualquier modalidad de ejercicio profesional. Todos los ITOPs en ejercicio profesional deberían estar acogidos a este seguro incluso los que, erróneamente, creen estar cubiertos por los seguros de empresa ¿cuántos tienen anexo a su contrato las cláusulas de estos seguros, con especificación de las coberturas?. Y ¿qué pasaría si la cobertura de ese seguro fuera inferior a la indemnización que fijase un juez ante un siniestro? Sin ninguna duda, el diferencial del importe lo tendría que desembolsar el ITOP con grave afección de su patrimonio. Para valorar correctamente este apartado os proponemos el reto de aquel famoso anuncio de televisión: Busque, compare y ¡por favor!, el que encuentre algo mejor que lo ponga en conocimiento del Colegio para podernos beneficiar todos.

TODA LA INFORMACIÓN EN: SECCIÓN SERVICIOS COLEGIALES CITOP ► POLIZA SRC CITOP  

Nota aclaratoria - De acuerdo al articulo 7.1 de las CONDICIONES PARTICULARES DE LA POLIZA 0971870000125 las primas se calculan a prorrata trimestral en función de la fecha efectiva del alta. El trámite ordinario es mediante domiciliación bancaria (orden Sepa), sin embargo, en caso de extremada urgencia en la fecha de efectividad de la adhesión puedes ingresar el importe correspondiente según modalidad y prorrata a la cuenta bancaria que se indica en el Boletin de Adhesión y adjuntar el justificante del ingreso bancario junto con el resto de la documentación a consejo@citop.es